Como todos los años, el Instituto de Seguridad Laboral da inicio a una campaña de información, difusión y prevención orientada a todas y todos los trabajadores que realizan sus labores en verano, respecto de la protección frente a la exposición UV. Este año, dicha campaña recibe el nombre de “Ultrasol, Ultra Protección”.
El objetivo es dar a conocer a los trabajadores y trabajadoras de temporada de verano los riesgos de exposición a las radiaciones UV, la importancia de la hidratación y, además, reforzar las medidas de prevención de COVID-19 como, lavado frecuente de manos, ventilación y distancia física que deben mantenerse en verano.
TRABAJADORES MÁS EXPUESTOS
La exposición se da principalmente en trabajos al aire libre con exposición directa al sol, sin embargo, se da con mayor frecuencia en los rubros de la agricultura, construcción, minería, transporte y pesca.
CONSECUENCIAS EXPOSICIÓN A RADIACIÓN UV:
La exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta, ya sea de fuentes naturales o artificiales, produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel. Estas consecuencias van desde insolación, quemaduras solares de grado I (enrojecimiento de la piel) hasta quemaduras grado II (formación de ampollas dolorosas), aparición de manchas o bultos de piel áspera y escamosa (queratitis actínica) y alteraciones de la respuesta inmune hasta fotoenvejecimiento, cáncer a la piel, tumores melanocíticos, cáncer melanoma maligno y cataratas a nivel ocular.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Los empleadores/as deben adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente a sus trabajadores/as cuando puedan estar expuestos a radiación ultravioleta. Para ello, los contratos de trabajo o reglamentos internos de las empresas, deben especificar el uso de los elementos protectores correspondientes, de acuerdo al Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Esto aplica para todos los trabajadores/as que se rigen por el Código del Trabajo y los funcionarios/as públicos y municipales.
Conforme a Ley de Ozono (Nº 20.096), vigente desde 2006, los/as empresarios/as están obligados a preocuparse de los efectos del debilitamiento de la capa de ozono en sus faenas productivas y -por tanto- deben proporcionar información y medios de protección a sus trabajadores/as, especialmente a aquellos que desempeñan sus labores al aire libre y que están expuestos a la radiación UV. La Ley N° 20.096 establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono.
RECOMENDACIONES DE LA CAMPAÑA:
•La radiación solar es mayor entre las 10:00 y las 16:00 hrs., la protección de la piel durante este periodo es fundamental.
•Se recomienda limitar el tiempo de actividad laboral bajo el sol, preferir siempre lugares con sombra.
•Aplicar crema con filtro solar sobre cara, cuello, manos, antebrazos, orejas y en cualquier parte del cuerpo expuesta. Usar productos con un factor de protección solar (SPF), al menos de 30 o 50.
•La o el trabajador debe utilizar filtro solar antes de salir al aire libre y aplicar este producto durante el día, cada 2 horas o cada vez que se moje la piel.
•Usar anteojos para el sol con filtro ultravioleta; se pueden sufrir daños a la vista como consecuencia de una prolongada exposición al sol.
•Utilizar ropa adecuada que cubra la mayor cantidad posible del cuerpo. Se recomienda usar tanto camisa como pantalón largo de algodón u otras telas que permitan una adecuada ventilación y zapatos que cubra toda la piel. Evite el uso de sandalias o chalas.
•Usar gorro tipo legionario o casco que cubra las orejas, cara y parte posterior del cuello (puede añadirse una tela para cubrirse el cuello y las orejas).
•Consumir agua regularmente para evitar la deshidratación. Se recomienda el consumo de por lo menos 2 litros.
Refuerzo medidas de prevención COVID-19
- Lavado frecuente de manos con jabón o alcohol gel.
- Ventilación de espacios cerrados.
- Distancia física.
- Uso recomendado de mascarilla, en caso de presentar síntomas respiratorios; en visitas a centros de larga estadía; y transportes colectivos, públicos y privados.